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¿Cómo presento una reclamación de exención por embargo de salario en Florida?
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Puede que no tenga que perder su cheque
La Florida tiene una de las protecciones salariales más fuertes del país. Según el capítulo 222 de los Florida Statutes, si usted es cabeza de familia y aporta más de la mitad del sustento de un dependiente, su salario está exento de embargo — todo. Esta exención es automática hasta $750 a la semana. Por encima de esa cantidad, sigue aplicando a menos que usted haya autorizado por escrito que le embarguen el salario.
Pero la exención no se aplica sola. Usted tiene que reclamarla, por escrito, dentro de un plazo.
Qué protege la ley de la Florida
- Salario del cabeza de familia (§222.11): exento por completo si usted aporta más de la mitad del sustento de un dependiente — automáticamente hasta $750/semana, y por encima de eso a menos que usted lo haya autorizado por escrito.
- Cuentas bancarias: parte del dinero en su cuenta también puede estar protegido, incluyendo fondos del Seguro Social y salarios ya depositados.
- Exención de propiedad personal: puede aplicar una exención separada de $1,000.
- Las deudas federales (impuestos, préstamos estudiantiles) y la manutención de menores siguen reglas distintas, no estas exenciones.
El plazo de 20 días
La ley de la Florida (capítulo 77) le da 20 días desde el aviso para presentar una reclamación de exención. La fecha exacta depende de cuándo usted recibió el aviso. Presente su reclamación ante el secretario del tribunal dentro de ese plazo, aunque no esté seguro de calificar — puede resolver los detalles después, pero perder el plazo puede costarle la exención.
Cómo presentar la reclamación
- Revise el aviso de embargo que recibió — el formulario de reclamación de exención normalmente viene adjunto.
- Complete la reclamación jurada de exención y la solicitud de audiencia, indicando por qué califica (por ejemplo, cabeza de familia).
- Preséntela ante el secretario del tribunal que emitió el embargo.
- Envíe copias al acreedor y a cualquier otra parte que el formulario requiera.
- Si necesita ayuda para llenar el formulario, hay asistencia gratuita en floridalawhelp.org.
Qué pasa en la audiencia
Una vez presentada la reclamación, el acreedor puede objetar. Si lo hace, se fija una audiencia conforme a los capítulos 77 y 222 de los Florida Statutes para decidir si su exención aplica. Esto es información general sobre el proceso típico — no es una predicción de lo que pasará en su caso específico. Considere hablar con un profesional legal o con floridalawhelp.org si desea representación.
Lo que esta guía no cubre
Los embargos fiscales federales, los embargos administrativos de préstamos estudiantiles federales y las órdenes de manutención de menores siguen reglas y límites separados — esta guía y esta herramienta no los cubren. Esto no es asesoría legal, y nada aquí se presenta automáticamente por usted.
Qué hacer ahora
Pegue su aviso de embargo en la herramienta gratuita. Le dirá qué exenciones pueden aplicar a su situación, calculará el plazo de 20 días a partir de su aviso, y le dará los pasos de la reclamación de exención y el texto de la declaración jurada — basándose únicamente en el documento y los números que usted proporcione. No completa ni presenta el formulario por usted. Confirme la fecha límite exacta y el procedimiento con la oficina del secretario del tribunal o con floridalawhelp.org.
Wage Garnishment Defense FL is an informational tool based on Florida Statutes chapters 77 and 222 and 15 U.S.C. 1673 as of 2025–26. It is not legal advice and does not file anything. Federal tax levies, federal student-loan administrative garnishments and child-support orders have separate rules and limits. It is not affiliated with any court, creditor or agency.