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¿Qué Alimentos No Se Permiten Bajo la Ley de Alimentos Artesanales de Florida?

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La regla básica

La ley de alimentos artesanales de la Florida, Fla. Stat. 500.80, le permite vender ciertos alimentos preparados en una cocina casera directamente al consumidor — en persona, por correo o entrega dentro de la Florida, y en línea — sin licencia, permiso ni inspección de FDACS. Esto solo funciona si el alimento no requiere control de tiempo o temperatura por seguridad y sus ventas brutas se mantienen por debajo de $250,000 al año.

No todos los alimentos califican. Algunos necesitan refrigeración o un manejo cuidadoso para ser seguros, y la ley de la Florida no los cubre como alimento artesanal.

Alimentos que no se permiten como alimento artesanal

Los alimentos que necesitan control de tiempo o temperatura por seguridad no califican, incluyendo:

Si no está seguro sobre un producto específico, pregúntele directamente a FDACS. No adivine.

Otros límites — no solo sobre el alimento en sí

Incluso un alimento que califica puede quedar fuera de la protección de alimento artesanal si lo vende de la manera equivocada:

Qué puede vender en su lugar

Según la lista de alimentos artesanales de FDACS, ejemplos permitidos incluyen: panes, panecillos, bizcochos, pasteles sin rellenos de crema, repostería, galletas, dulces, confites, miel, mermeladas, jaleas, conservas, tartas de fruta, frutas secas, hierbas y especias secas, pasta hecha en casa, cereales y granola, nueces con o sin cobertura, vinagre y vinagres saborizados, palomitas de maíz, mezclas secas para hornear, café tostado, y mezclas de té.

Cada uno de estos productos todavía necesita la etiqueta requerida, y todavía cuenta hacia el límite de $250,000.

Cuándo aplica una licencia distinta

Si su alimento necesita refrigeración, quiere vender al por mayor, enviar fuera del estado, o supera el límite, el alimento artesanal ya no lo cubre — necesitaría una licencia distinta.

Un food truck o carrito que prepara o sirve comida es un caso separado: lo licencia la División de Hoteles y Restaurantes del DBPR (no FDACS), necesita una revisión de planos y una cocina base o comisariato aprobado, y pasa inspección. Desde el Fla. Stat. 509.102, una ciudad o condado no puede cobrar una licencia o permiso local aparte solo por el camión, aunque sí puede regular dónde y cuándo opera. Un carrito o tienda que vende solo alimentos empacados no peligrosos puede caer bajo FDACS en su lugar — pregunte a ambas agencias cuál aplica a su instalación. Vea DBPR — Mobile Food Dispensing Vehicles.

El impuesto sobre las ventas es un tema aparte: las ventas de alimento artesanal y de food trucks generalmente están sujetas al impuesto sobre ventas de la Florida, así que se registra con el Departamento de Ingresos de la Florida antes de vender. Pregúntele al DOR sobre tasas y exenciones específicas.

Qué hacer ahora

Esta es información general, no es asesoría legal, y puede estar equivocada. La herramienta gratuita lee lo que usted escriba — su producto, cómo planea venderlo, y cuánto espera ganar — y le dice si parece alimento artesanal, qué no se permite, el texto exacto de la etiqueta que exige la ley, y a qué agencia preguntar si aplica una licencia. Nada de lo que usted ingrese se guarda. Confirme un producto específico con FDACS y una instalación de camión con DBPR antes de vender.

La versión completa — $9

Labels + start checklist · One kitchen: full check, label text per product, start checklist

Usar la herramienta gratis

Cottage Food & Food Truck Check FL explains Florida's cottage food law and food-truck licensing in plain language; it can be wrong, and it is not legal advice. The $250,000 cap, the allowed-foods list and the label statement are from Fla. Stat. 500.80 and FDACS guidance as published; confirm a specific product with FDACS. Nothing you enter is stored.

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