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Impuesto de Sellos en Florida: ¿Quién Paga?
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¿Qué Es el Impuesto de Sellos?
Florida cobra un impuesto de sellos documentales sobre ciertos documentos, como las escrituras que transfieren bienes raíces y los pagarés vinculados a hipotecas. Este impuesto lo establece la ley estatal. No es algo que el comprador, el vendedor o el prestamista puedan negociar.
Esta página no indica la tasa exacta del impuesto. Las tasas pueden variar según el condado y el tipo de documento. Confirme siempre la tasa actual con la oficina del secretario del condado, su agente de cierre, o un profesional autorizado antes de basarse en algún número.
¿Quién Paga Generalmente?
La costumbre varía según el condado y el tipo de transacción:
- En una escritura, el vendedor suele pagar el impuesto de sellos en muchos condados de Florida, pero esto depende de la costumbre local y de los términos del contrato, no es una regla fija que aplique en todas partes.
- En un pagaré hipotecario, el prestatario típicamente paga el impuesto de sellos y cualquier impuesto intangible relacionado, ya que están vinculados al préstamo mismo.
- Su contrato de compra o los documentos del préstamo deben indicar claramente quién es responsable. Si no lo dice, pregunte antes del cierre.
Como la costumbre local varía, no asuma que su cierre será igual al de un amigo en otro condado.
Cargos Fijos vs. Negociables en el Cierre
Algunos cargos en una declaración de cierre o cotización de título están fijados por la ley o regulación de Florida. Otros los establece la compañía que usted elija y se pueden discutir. Ejemplos de conceptos que típicamente están fijados por ley o regulación:
- Impuesto de sellos documentales (la tasa se confirma con la agencia, no aparece aquí)
- Impuesto intangible sobre hipotecas
- Tasas promulgadas de seguro de título
- El límite de la tarifa notarial de $10 por acto notarial en Florida
Otros conceptos, como tarifas de liquidación, cargos de mensajería o endosos, pueden ser negociables. Pregunte en qué categoría cae cada cargo.
Lo Que No Sabemos Aquí
No tenemos en este material la tasa actual del impuesto de sellos, la tasa actual del impuesto intangible, ni la tabla de tasas promulgadas de título. Estos números cambian y dependen de su condado y del tipo de documento. No adivine. Pregunte a su agente de cierre, a la oficina del secretario del condado, o a un agente de título o abogado autorizado para confirmar las cifras exactas de su transacción.
Preguntas Antes de la Transferencia Bancaria
- ¿Cuál es la tasa actual del impuesto de sellos para mi condado y tipo de documento?
- ¿Quién paga el impuesto de sellos en la escritura, y quién lo paga en el pagaré?
- ¿La tarifa notarial en mi factura es $10 o menos por acto notarial, como lo exige la ley de Florida?
- ¿Cuáles cargos en mi declaración de cierre están fijados por ley, y cuáles son negociables?
Esta página es información general solamente. No es asesoría legal ni fiscal. Confirme cada número con un profesional o con la agencia gubernamental correspondiente antes de transferir dinero.
Qué Hacer Ahora
Usted puede pegar su propia declaración de cierre, cotización de título, o factura de notario en la herramienta gratuita. Esta lee su documento y sus números reales, y señala cuáles cargos pueden estar fijados por la ley de Florida, cuáles pueden ser negociables, y dónde aplica el límite de $10 en la tarifa notarial. No sustituye el consejo de un profesional autorizado.